Mantienen el 8% de retenciones

Ley Ómnibus: Nación podrá objetar las exportaciones de petróleo

El motivo es garantizar el suministro y forma parte de los cambios al proyecto que envió el gobierno de Javier Milei al Congreso. Los precios de los combustibles seguirán libres.

Ley Ómnibus: Nación podrá objetar las exportaciones de petróleo
El oficialismo cambia la redacción de varios artículos sobre el sector hidrocarburífero.
El oficialismo cambia la redacción de varios artículos sobre el sector hidrocarburífero.

Tras un largo debate en la Cámara de Diputados de la Nación, el gobierno de Javier Milei cedió algunos puntos de su ambicioso proyecto de "Ley Ómnibus" que busca cambios profundos en distintos ámbitos de la economía. En la búsqueda del consenso con los gobernadores petroleros, el oficialismo cedió algunos puntos y tuvo que retroceder en otros que pretendían desregular lo máximo el mercado.

Puntualmente en el petróleo y el gas, el gobierno nacional le dio respuesta a los gobernadores nucleados en la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarbruos (OFEPHI), que emitieron un comunicado conjunto con sus observaciones sobre el proyecto de ley la semana pasada. Por caso, el dominio originario no serán tocadas y la nueva redacción deja en claro la vigencia de la Ley Corta. Esto es clave para que las provincias sean autoridades de aplicación en el control de los programas de desarrollo y de inversión.

Uno de los puntos más relevantes es la eliminación de la libre exportación, dado que la Secretaría de Energía de la Nación podrá objetar los envíos con objetivos de autoabastecimiento. La objeción tiene que estar "fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro", según consta en el artículo 225 de la Ley Ómnibus que reformula la redacción del artículo 6 de la Ley 17.319, más conocida como la Ley Nacional de Hidrocarburos.

El plazo de objeción para los permisos de exportación quedó fijado en 30 días, algo que no convence en la industria del todo dado que vienen reclamando permisos extensos, de hasta un año, para poder cerrar contratos en el exterior a mejores precios. La posibilidad de que un barco tenga que volver por problemas internos de suministro es una variable que le baja el precio al crudo argentino, en particular al de Vaca Muerta.

El petróleo mantendrá la alícuota de 8% de retención, siendo uno de los sectores diferenciados dado que el resto tendrá un 15% -más allá de aquellos que tienen regímenes especiales con 0%-. Así estaba en el texto original del proyecto Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos.

Ese artículo da más para hablar dado que si bien le pone un freno a las exportaciones irrestrictas, por otro lado mantiene la liberación de los precios de los combustibles. En su segundo párrafo apunta: "El Poder Ejecutivo nacional no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción".

Los pedidos de la OFEPHI

Uno de los aspectos que más ruido generó entre las provincias de la Patagonia, que fue abordado en la cumbre de Villa La Angostura y en la Junta de Gobernadores de OFEPHI, fue la colisión de la reforma con la Ley Corta. "Una gran preocupación surgió sobre la delimitación de las competencias entre Nación y Provincias", señala un documento que el oficialismo distribuyó entre los diputados sobre los cambios a la Ley Ómnibus.

Es así, según consta en el documento, que "a tono con la conciliación de las facultades Nación/Provincias, se mantuvieron las facultades de la autoridad de aplicación respectiva de controlar los programas de desarrollo y compromisos de inversión".

"De modo de reconocer a los titulares de las áreas ingresso actualizados, se modificaron los valores del canon anual por barriles, y su ajuste en función del precio del barril", apunta entre otros de los consensos. Las provincias se ven favorecidas en la etapa de exploración, salvo en las prórrogas, y en explotación, donde se pasa de 8,28 barriles/km2 a 10 barriles.

Licitaciones y el pliego modelo

La propuesta oficialista era crear un pliego modelo para las licitaciones, aunque desde OFEPHI plantearon que los pliegos deben ajustarse a las realidades de cada cuenca (áreas convencionales, no convencionales y offshore). Fundamental para Vaca Muerta fue que la econversión de concesiones de convencional a no convencional se previó que se pueda solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026 y por un único plazo de 35 años, de modo de dar tiempo a los concesionarios para amortizar la inversión a realizar.

El documento del Gobierno limita la facultad de dar prórrogas por diez años e impone un criterio de nuevas licitaciones al vencimiento. Así "se estableció un nuevo régimen de competencia de las licitaciones públicas en función de una oferta de regalías sobre un valor base del 15%, afectado por un factor 'X' de exclusiva elección del oferente; y el pliego podrá prever mecanismos de ajustes de las mismas".

"En dicha línea, se fijó un límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley, aclarándose que en ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad (art. 55 de la ley 17.319). Es por ello también que constituye causal de nulidad la adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta (art. 77, Ley 17.319). Para el caso de la reconversión de concesiones de convencional a no convencional se previó que se pueda solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026 y por un único plazo de 35 años, de modo de dar tiempo a los concesionarios para amortizar la inversión a realizar en dicho proceso (art. 27 bis, ley 17.319)", comenta el documento.

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